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IMPLICANCIAS ANTE LA RUPTURA DEL VÍNCULO MATRIMONIAL

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Con la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, desde el 1° de agosto se modificarán algunas cuestiones importantes referidas al manejo de los bienes en el matrimonio y ante una eventual ruptura del vínculo matrimonial.
En este aspecto, los cambios se pueden resumir en cuatro puntos: la contribución a las cargas del hogar durante la vida en común; la atribución del hogar en caso de ruptura; el pacto convivencial para dividir los bienes obtenidos por el esfuerzo de ambos; y la protección de la vivienda.
Consultamos al Dr. Enrique Novo respecto de las implicancias de la aplicación del nuevo Código Civil, quién aseguró que a partir del lunes próximo, no hará falta el consentimiento de la otra persona para poder divorciarse.

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