A partir del primero de este mes comenzó a regir el nuevo Código Civil y Comercial. Una de las modificaciones más renombradas es el divorcio unilateral. A primera hora del lunes se realizó el primer pedido por divorcio de estas características. Se trata de un hombre que se casó hace 26 años y luego de 27 días de convivir perdió contacto con su esposa. Gracias a las modificaciones que rigen a partir de este mes el divorcio puede realizarse por pedido de sólo una de las partes.
– PLACA –
NUEVO CÓDIGO CIVIL
DIVORCIO
El trámite es más simple. Puede ser pedido por cualquiera de los cónyuges y no es necesario que invoque una causa. Se protege al cónyuge que sufre un desequilibrio por el divorcio, reconociéndose el derecho a una compensación.
ADOPCIÓN
Se simplifican los trámites. Se prioriza el interés del menor de edad por sobre el de los adoptantes. Puede adoptar una pareja o una persona sola. Se reconoce el derecho del adoptado a conocer los datos relativos a su origen.
NOMBRE
Hay más libertad. Se reconoce la posibilidad de inscribir nombres aborígenes. EI hijo lleva el primer apellido de alguno de los padres. Cualquiera de los cónyuges puede optar por usar el apellido del otro, con la preposición “de” o sin ella.
Primero Noticias le preguntó a los riocuartenses qué opina sobre la modificación. Hablamos del divorcio, los nombres sin excepciones y la adopción.