El aumento, que regirá a partir del 1 de septiembre, se oficializó ayer. Además, por única vez, se estableció una suma remunerativa de $ 2.000.
El Gobierno oficializó ayer la nueva escala salarial para el personal militar de las Fuerzas Armadas, con salarios que, a partir del 1° de septiembre próximo, oscilarán entre los 13.038 y 59.938 pesos.
La decisión se tomó por medio de una resolución conjunta de los ministerios de Hacienda y de Defensa, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
«Fíjase el Haber Mensual del Personal Militar de las Fuerzas Armadas, correspondientes a julio, agosto y septiembre de 2018 en adelante, conforme los importes para las distintas jerarquías», según el texto oficial.
De este modo, quienes conforman el rango más bajo del personal militar (marinero de segunda, voluntario de segunda) percibirán un salario de 13.038 pesos desde el primero de septiembre.
En tanto, para la otra punta de la escala jeráquica (teniente general, brigadier general y almirante) el sueldo -a partir de la misma fecha) será de 59.938 pesos. Además, la Casa Rosada estableció -por única vez- la asignación de una suma remunerativa y no bonificable de dos mil para el personal militar, que se cobrará con el salario de este mes.
Para el Poder Ejecutivo, «resulta necesario fijar una escala de haberes para el personal militar de las Fuerzas Armadas que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad».
«En tal entendimiento resulta procedente fijar los importes del Haber Mensual del Personal Militar, modificando así las escalas salariales aprobadas por el Decreto 1305 del 31 de julio de 2012 y sus modificatorios», añadió.
Sin extra para cargos medios y bajos
Finalmente, efectivos del Área de Material Río Cuarto aclararon que la suma fija remunerativa no bonificable y no acumulable de dos mil pesos anunciada para los militares por parte del Gobierno alcanzará únicamente a los grados de general de división, vicealmirante, brigadier mayor, general de brigada, contraalmirante, brigadier, coronel, capitán de navío, comodoro, teniente coronel, capitán de fragata y vicecomodoro.
De esta manera, según el Boletín Oficial de ayer, los cargos medios y bajos no van a recibir tal remuneración especial, que fue pautada por única vez.
FUENTE: Diario Puntal