Inicio CABECERA Liberaron al padre acusado de sacudir a su bebé

Liberaron al padre acusado de sacudir a su bebé

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Gonzalo Salvador Gambero sigue acusado de homicidio calificado por el vínculo por la muerte de una criatura de 3 meses, hace un año, pero por orden de un juez podrá esperar en libertad el juicio. Para el tribunal no hay riesgo de que se fugue.

Cincuenta días después de ser detenido, Gonzalo Salvador Gambero recuperó su libertad el viernes pasado y, por orden de la Cámara Segunda de Apelaciones, podrá esperar en libertad el juicio por la muerte de su hijo de tres meses.

La criatura falleció el 25 de agosto de 2017, tres días después de haber sido hospitalizada por su padre, cuando advirtió que el bebé se había descompensado.

Los médicos que lo atendieron sospecharon que el pequeño podría haber sido víctima de un caso de “shaking baby” o síndrome del niño sacudido, como se conoce en nuestra lengua a la afección que destruye las células cerebrales del niño e impide que el cerebro reciba suficiente oxígeno.

Las sospechas se centraron en el padre cuando llegaron a los tribunales locales las pericias médicas de Córdoba. Se trata de los estudios que fueron pedidos por el fiscal Di Santo para determinar el tipo de lesiones y el momento en que pudieron haber sido provocadas. Después de leer las conclusiones de esas pericias, el fiscal decidió dictar la prisión preventiva de Gambero el 2 de julio de este año.

Sin embargo, una reciente resolución del juez Emilio Andruet, a cargo de la Cámara Segunda de Apelaciones, dio por tierra con la prisión preventiva de Gambero y ordenó su inmediata liberación.

Eso sucedió el viernes pasado, minutos antes de la hora de cierre de los Tribunales.  En esa oportunidad, Andruet dispuso que el acusado pueda esperar el momento del juicio en libertad, pues a su criterio no hay riesgo de fuga o de que entorpezca de alguna otra manera la investigación.

El propio magistrado aclaró que su decisión no se refiere al hecho que se le atribuye a Gambero, sino que sólo analizó si esta persona debe o no esperar el proceso en libertad.

“Hago esta aclaración –a la que ciertos operadores jurídicos podrán considerar redundante o una verdad de Perogrullo– debido a que por la repercusión pública y la incidencia social que tienen las resoluciones judiciales considero esencial transmitir este mensaje a la sociedad, a fin de evitar confusiones. Aquí no se encuentra en discusión la culpabilidad del acusado ni el reproche penal que su conducta merece; ello se determinará al concluir el juicio, etapa procesal a la que esta causa aún no ha arribado”, recalcó Andruet.

Cuando el fiscal de Instrucción y el juez de Control sostuvieron la necesidad de dictarle la preventiva al acusado, lo hicieron con el argumento de que sus posibilidades económicas, asociadas a la circunstancia de tener una hermana viviendo en el exterior, acrecentaban las posibilidades de que Gambero eludiera la acción de la Justicia.

Pero la defensa rebatió ese argumento. Lo hizo durante la apelación in voce (oral) de uno de los abogados defensores -el exfiscal general Darío Vezzaro- , hace dos semanas.

Ahora el juez le dio la razón. Dijo que así como la falta de medios para afrontar una fianza no puede ser interpretada como un indicio de peligrosidad procesal, lo contrario -es decir la posibilidad de pagar una caución- tampoco puede valorarse en contra del imputado.

En otro tramo de la resolución se mencionó que la situación de tener una hermana radicada en el exterior no tiene incidencia alguna en un peligro de fuga.

Andruet hizo notar que fue el propio acusado quien comentó espontáneamente que su hermana estaba viviendo en Australia. Lo hizo durante la entrevista con el Equipo Técnico del Poder Judicial.

Incluso, cuando la defensa de Gambero apeló, la joven ya estaba nuevamente en Río Cuarto, y hasta presenció la audiencia in voce.

Tras ser notificada de la noticia, la madre de la criatura -y expareja del acusado- se presentó ayer junto a su abogado Jorge Valverde en el despacho del fiscal Di Santo, donde estuvieron reunidos para interiorizarse sobre la marcha de la investigación.

La acusación de la Fiscalía sostiene que desde fines del mes de julio de 2017, durante la siesta, cuando se ausentaba su pareja, Gonzalo Salvador Gambero quedaba a cargo de su bebé y “tal vez motivado por el llanto del niño que no le permitía descansar, lo habría zamarreado intencionalmente de manera violenta a los fines de que cesaran las molestias”.  Ese obrar, sostuvo Di Santo,  se reiteró hasta el 22 de agosto de 2017, cuando presuntamente a raíz de esas sacudidas la criatura se descompuso y debió ser trasladada de urgencia al Hospital San Antonio de Padua.

La muerte del pequeño, agregó, “estuvo directamente relacionada con los malos tratos infantiles prodigados”.

FUENTE: Diario Puntal

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