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Elevan el proyecto de reforma jubilatoria para Córdoba

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La nueva propuesta contempla aumentos en los haberes mínimos e impulsa una serie de puntos a armonizar con la legislación Nacional.

El Poder Ejecutivo Provincial envió a la Legislatura provincial un proyecto de ley de modificación del régimen de jubilaciones y pensiones de Córdoba, donde además, se anuncian aumentos en los haberes mínimos y una serie de puntos a armonizar con la legislación Nacional vigente.

Como se sabe, el déficit estructural estimado para este año ronda los $35.500 millones de pesos.

La Nación, en el marco de la actual crisis, cubriría menos de un tercio de ese desequilibrio. Los mayores aportes y contribuciones que se aplican en Córdoba a los activos generan unos $14.700 millones. Es decir que, con los ingresos previstos, solo se podría cubrir el 88% de las erogaciones.

El objetivo es que con las medidas contempladas en el proyecto de ley, el rojo previsional se reduzca en unos $6.500 millones. De esta manera, el remante se reduce a unos $3.500 millones que podrá ser cubierto desde el Tesoro Provincial. Además, los cambios en la legislación contribuirán a abordar los enormes desafíos que plantea la tendencia al empeoramiento en los parámetros de sostenibilidad que proyecta el estudio actuarial de la Caja.

Es muy importante aclarar que este objetivo se consigue impactando en el cálculo de los haberes de solamente el 15 por ciento de los beneficiarios de la Caja, que son además los más altos. No se modifica el cálculo de los haberes de docentes, policías, equipos de salud, ni trabajadores del escalafón general, y tampoco a quienes perciban hasta 68 mil pesos mensuales de municipales, EPEC, Bancor, Judiciales y funcionarios y legisladores.

También está garantizado que ningún jubilado provincial recibirá menos de lo que percibió en la última liquidación (abril).

Sin dudas, que Córdoba necesita sí o sí resolver este grave problema en su Caja de Jubilaciones que se arrastra desde hace muchos años y se proyecta profundizar en el futuro. Además, con esta ley, se busca solucionarlo sin tener que transferir la caja a la Nación, para que siga siendo de los cordobeses.

Nuevos jubilados y pensionados

BASE DEL HABER INICIAL. Para los nuevos jubilados y pensionados se armoniza con la Nación el periodo que se toma de base para calcular el haber inicial, extendiendo de 48 a 120 las remuneraciones actualizadas consideradas a tal fin.

PORCENTAJE DE PENSIÓN. Se fija el monto de la pensión como el equivalente al 70% de la jubilación del causante, en lugar del 75% actual, en línea con la normativa nacional.

Para los Jubilados y pensionados actuales y futuros

82% DEL SUELDO NETO. Se establece que todas las jubilaciones se calcularán como el 82% del sueldo neto del aporte personal. Esto no impacta sobre el 85% de los beneficiarios a quienes ya se les viene aplicando esta regla, y para los restantes, que son los de más altos ingresos, la medida se implementará gradualmente de modo de no afectar los haberes percibidos en el mes de abril por los actuales jubilados y pensionados. Es decir, nadie cobrará menos de lo que cobró en abril.

MOVILIDAD. Para dar consistencia financiera al sistema previsional se dispone que los aumentos que perciben los activos se trasladen a los pasivos al mes siguiente al que la Caja percibe el ingreso efectivo de los aportes y contribuciones correspondientes a esa suba de salarios.

LÍMITE A LA COMPATIBILIDAD DE BENEFICIOS. Se modifica el régimen de compatibilidad de beneficios, estableciéndose un aporte solidario para quienes sean titulares de más de un beneficio previsional o bien perciban otro ingreso remunerado. Ante esta situación especial se regula un aporte solidario del veinte por ciento (20%), destinado a fortalecer la sostenibilidad de la Caja y que se aplicará, siempre que la sumatoria de ambos ingresos sea mayor al equivalente a seis haberes previsionales mínimos ($102.000)

EDAD JUBILATORIA. Se iguala el régimen de Magistrados con el previsto a nivel nacional, elevándose la edad jubilatoria de los jueces de 60 a 65 años.

EXTENSIÓN DE PENSIONES. Se extiende el plazo de cobertura de la pensión de las y los hijas e hijos que estudien, hasta la edad de 23 años (con la actual legislación el beneficio se suspende cuando el hijo cumple 18 años).

AUMENTO DE HABERES: Se dispone el aumento de la jubilación mínima a $ 17.000 y se garantiza que ningún jubilado cordobés que tenga un solo ingreso cobre menos de $25 mil.

 

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