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Gils Carbó dictaminó que la detención de Milagro Sala «es ilegal»

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La Procuradora General de la Nación indicó que la detención de la dirigente jujeña «lesiona la inmunidad de arresto» prevista para los parlamentarios del Mercosur en una ley nacional.

La  procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó que la detención de la dirigente jujeña Milagro Sala, privada de su libertad desde el 26 de enero de 2016, «es ilegal y debe ser dejada sin efecto», y señaló que, en su carácter de parlamentaria del Mercosur, Sala tenía inmunidad de arresto, la cual no fue suspendida por los canales establecidos en la ley.

La jefa de los fiscales también se pronunció en otro dictamen contra el dictado de la prisión preventiva de Sala, puesto que consideró que la Justicia de la Provincia de Jujuy no fundó los riesgos procesales que justificarían su encarcelamiento cautelar.

Los dos dictámenes de la procuradora general se dieron en el marco de recursos extraordinarios interpuestos por la defensa de Sala contra sentencias dictadas por el Superior Tribunal de Justicia de Jujuy. Uno es relativo a la inmunidad frente al arresto; el otro, sobre la prisión preventiva.

En el dictamen referido al dictado de la prisión preventiva de Milagro Sala, Gils Carbó sostuvo que la sentencia del Superior Tribunal jujeño es arbitraria porque «tuvo por acreditada la probabilidad de que la recurrente entorpeciera la investigación de los hechos a partir de ciertas denuncias y declaraciones testimoniales que no tienen vinculación con la existencia de ese riesgo procesal».

En tanto, en relación a sus fueros, la procuradora general de la Nación, argumentó que «la inmunidad de arresto otorgada a los parlamentarios del Mercosur tiene por objeto garantizar el desempeño de la función encomendada por la soberanía popular».

Con esa argumentación, Gils Carbó entendió que resulta «ilegal» y «debe ser dejada sin efecto» la detención de la dirigente social, según consignó esta tarde el sitio web del Ministerio Público Fiscal, que dio a conocer los principales lineamientos de los dictámenes presentados por la procuradora general de la Nación.

Asimismo, la procuradora general cuestionó que el Superior Tribunal provincial «añadió que la posición de liderazgo y la capacidad organizativa de la señora Sala permitían inferir la existencia de riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación sin explicitar de qué modo tal condición tendría entidad, en el caso, para justificar tal aseveración, y omitiendo determinar si esa circunstancia se mantiene en la actualidad». En ese sentido, recordó que la Procuración General «ha considerado que las características personales del supuesto autor no son, por sí mismas, justificación suficiente de la prisión preventiva».

Justamente en ese marco, el 14 de marzo último, la Corte Suprema había pedido opinión a la procuradora Gils Carbó sobre la detención de Milagro Sala, antes de pronunciarse al respecto. Milagro Sala se encuentra detenida desde enero de 2016, primero por imputaciones penales a raíz de un acampe de protesta y, luego, por la prisión preventiva dictada en el marco de una de las causas que tramitan en su contra por presuntos delitos como fraude, extorsión y asociación ilícita.

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